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Modificación en la solicitud de cambio de bases de cotización del régimen especial de trabajadores autónomos

Modificación en la solicitud de cambio de bases de cotización del régimen especial de trabajadores autónomos

Anteriormente la normativa relativa al trabajador autónomo establecía que éste podía solicitar el cambio de las bases de cotización dos veces al año que afectaban al primer y segundo semestre natural.

Con la nueva Ley 6/2017 de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo se ha producido un cambio y se establece la posibilidad de que el trabajadora partir del 1  de Enero de 2018 pueda cambiar hasta cuatro veces al año la base de cotización por la que está obligado a cotizar, dentro de los límites mínimo y máximo que le resulten aplicables.

Estos cambios tendrán efecto el 1 de abril, 1 de julio, 1 de octubre y  1 de enero respectivamente siempre que se soliciten en el trimestre inmediatamente anterior a cada una de las fechas establecidas.