ACTUALIZACION DE LAS BASES Y TOPES MÍNIMOS DE COTIZACIÓN PARA 2023
Con vigencia desde el 1-4-2023, y efectos desde el 1-1-2023, se modifica la Orden de cotización para 2023 (OM PMC/74/2023) para actualizar el tope y las bases mínimas de cotización tras la publicación definitiva del SMI para 2023. Las diferencias de cotización que se produzcan respecto de las cotizaciones efectuadas desde el 1-1-2023 se pueden ingresar sin recargo en los plazos establecidos según el sistema de liquidación utilizado (liquidación directa, simplificada o autoliquidación) (disp. trans. única).
Las modificaciones incluidas son las siguientes:
- El tope mínimo de cotización por AT/EP para 2023 queda establecido en 1.260,00 euros mensuales.
- Se establecen las nuevas bases mínimas de cotización en los distintos Regímenes de la SS:
a) Régimen General de la SS:
Grupo de cotización |
Categorías profesionales |
Bases mínimas – Euros/mes |
Bases máximas – Euros/mes |
1 |
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores. |
1.759,50 |
4.495,50 |
2 |
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados. |
1.459,20 |
4.495,50 |
3 |
Jefes Administrativos y de Taller. |
1.269,30 |
4.495,50 |
4 |
Ayudantes no Titulados. |
1.260,00 |
4.495,50 |
5 |
Oficiales Administrativos. |
1.260,00 |
4.495,50 |
6 |
Subalternos. |
1.260,00 |
4.495,50 |
7 |
Auxiliares Administrativos. |
1.260,00 |
4.495,50 |
8 |
Oficiales de Primera y Segunda. |
42,00 |
149,85 |
9 |
Oficiales de Tercera y Especialistas. |
42,00 |
149,85 |
10 |
Peones. |
42,00 |
149,85 |
11 |
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional. |
42,00 |
149,85» |
- La cotización adicional para los contratos de duración determinada inferior a 30 días, queda establecida en 29,74 euros a cargo del empresario.