Plazos de presentación de las partes IT
Una vez superada la situación excepcional generada por el COVID19, en el momento de gestionar las bajas/altas médicas, es habitual que nos encontremos ante dificultades de tramitación, debido a que los trabajadores no presentan en plazo los correspondientes partes médicos en la empresa, ya que desde el servicio público de salud, indican que son transmitidos a los centros mediante el sistema FIE.
Dicho sistema no está funcionando de la manera que se espera, y la comunicación de los partes, se suele demorar en el tiempo. Si la grabación se realiza con éxito, también podemos revisar los partes mediante IDCs en afiliación, sin embargo, si el proceso conlleva alguna incidencia, no nos es posible detectar la baja/alta médica.
Por todo ello, nos vemos en la necesidad de recordaros que, aunque desde Osakidetza indiquen que los partes son enviados telemáticamente mediante ficheros FIE, los trabajadores tienen la obligación de comunicar al centro todos los partes médicos (baja, confirmación y alta).
Tanto la empresa como los trabajadores están obligados a realizar las comunicaciones de los partes médicos en el plazo fijado normativamente. En la práctica, cada vez resulta más habitual que por la comunicación tardía normalmente por parte de los trabajadores no se respeten los plazos establecidos.
Adjuntamos la orden donde se regulan los plazos y obligaciones que se generan cuando se dan situaciones de incapacidad temporal, exactamente en los artículos 10 y 11. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-6839
Resumimos la orden:
Plazos de los trabajadores:
- Partes de baja y confirmaciones, tienen el plazo de tres días contando a partir de la fecha de su expedición.
- Partes de alta, tienen el plazo máximo de 24 horas desde la expedición.
Plazo de la empresa:
Tiene el plazo máximo de tres días hábiles desde su recepción para la comunicación de los partes de baja confirmación y alta.
Los plazos de presentaciones/comunicaciones por parte de los trabajadores, están generando incidencias y por ende, también se incumplen los plazos por parte de la empresa.
Por si fuese poco, en consecuencia, también se generan incidencias en las situaciones que hay sustituciones, ya que se están dando casos de comunicar altas médicas fuera de plazo, y por ello, no se puedan tramitar bajas en plazo en afiliación de la Seguridad Social de las sustituciones.
Dicha gestión tardía, supone la tramitación de bajas fuera de plazo a las sustituciones, conllevando recargos de cotización a cargo de la empresa, e incluso en ocasiones, tener que despedir a las sustituciones, por no haber comunicado la baja en plazo y considerarse trasformado el contrato de sustitución en indefinido.
Con el objeto de evitar las incidencias mencionadas, comentaros que desde unos meses atrás, los médicos están volviendo a emitir partes médicos (físicamente o por correo electrónico), en ocasiones hace falta insistir para que faciliten la documentación. Sin embargo, nuestra recomendación es recordar a las personas trabajadoras su obligación de presentar los partes médicos en plazo y comunicar a todos los trabajadores que soliciten expresamente en sus centros de salud los partes médicos y así puedan realizar las presentaciones en plazo, en cumplimiento a la legislación vigente, tanto por parte de los trabajadores como por parte de la empresa. Ello implicaría la disminución de incidencias.